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Calculadora de Liquidación de Beneficios Sociales
Calcula todo lo que te corresponde al terminar la relación laboral: CTS trunca, gratificación trunca, vacaciones truncas y pendientes, remuneración del mes e indemnización por despido arbitrario.
Liquidación de beneficios sociales
Detalle de la CTS trunca
Detalle de la gratificación trunca
Detalle de vacaciones
Indemnización por despido
Qué incluye una liquidación de beneficios sociales
Al terminar el vínculo laboral, el empleador debe pagar todos los beneficios devengados y no cobrados. El plazo es de 48 horas desde el cese; vencido ese plazo se generan intereses legales.
Conceptos que siempre corresponden
- Remuneración pendiente: los días trabajados del mes de cese que aún no se pagaron.
- CTS trunca: desde el último depósito (1 de mayo o 1 de noviembre) hasta la fecha de cese.
- Gratificación trunca: los meses completos del semestre en curso, con su bonificación extraordinaria.
- Vacaciones truncas: proporcional de 2.5 días por mes desde el último aniversario.
- Vacaciones pendientes: días ganados de periodos anteriores que no gozaste.
Indemnización por despido arbitrario
Solo corresponde cuando el despido es arbitrario, es decir, sin causa justa demostrada. El monto es de una remuneración y media por cada año completo de servicios, con dozavos y treintavos por la fracción, hasta un tope de 12 remuneraciones.
En contratos sujetos a modalidad (plazo fijo) que se resuelven antes de tiempo, la indemnización es de una remuneración y media por cada mes dejado de laborar hasta el vencimiento del contrato, con el mismo tope.
Cuándo no hay indemnización
- Renuncia voluntaria del trabajador.
- Mutuo disenso formalizado por escrito.
- Vencimiento del plazo del contrato sujeto a modalidad.
- Despido por falta grave debidamente comprobada y con procedimiento previo.
- Jubilación.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto tiempo tiene la empresa para pagar mi liquidación?
48 horas desde el cese. Si no paga, se devengan intereses legales laborales y puedes denunciar ante SUNAFIL o demandar el pago de beneficios sociales, cuya acción prescribe a los cuatro años desde el cese.
¿Me descuentan AFP y renta de la liquidación?
Depende del concepto. La remuneración pendiente y las vacaciones sí están afectas a aportes previsionales y a renta de quinta. La CTS, la gratificación trunca (solo aportes) y las indemnizaciones no están afectas a AFP ni ONP; las indemnizaciones tampoco pagan Impuesto a la Renta.
¿Puedo cobrar la liquidación y a la vez demandar por despido?
Cobrar la CTS y los beneficios sociales devengados no implica aceptar el despido. Lo que sí puede interpretarse como aceptación es cobrar expresamente la indemnización por despido arbitrario, que excluye la pretensión de reposición.
¿Qué documento debe entregarme la empresa?
La hoja de liquidación de beneficios sociales con el detalle de cada concepto, y el certificado de trabajo dentro de las 48 horas del cese.