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Calculadora de Renta de Quinta Categoría 2026
Proyecta tu impuesto anual, revisa la retención que te corresponde cada mes y verifica si superas las 7 UIT de deducción.
Cómo se llega a tu impuesto
Tramos aplicados
Retención mes a mes
La retención cambia de monto porque SUNAT usa divisores distintos según el mes; la suma del año equivale al impuesto anual.
Escala del Impuesto a la Renta de 5ta categoría
| Tramo de renta neta | En soles (UIT 5,500.00) | Tasa |
|---|---|---|
| De 0 a 5 UIT | Hasta S/ 27,500.00 | 8% |
| De 5 a 20 UIT | Hasta S/ 110,000.00 | 14% |
| De 20 a 35 UIT | Hasta S/ 192,500.00 | 17% |
| De 35 a 45 UIT | Hasta S/ 247,500.00 | 20% |
| Más de 45 UIT | Más de S/ 247,500.00 | 30% |
La escala es acumulativa: cada tramo se aplica solo sobre la porción de renta que cae dentro de él.
Renta de quinta categoría: cifras y topes vigentes
| Concepto | Valor vigente |
|---|---|
| UIT 2026DS 301-2025-EF | S/ 5,500.00 |
| Deducción fijaArt. 46 LIR | 7 UIT = S/ 38,500.00 |
| Deducción adicional por gastosArt. 46 LIR | hasta 3 UIT = S/ 16,500.00 |
| Primer tramoArt. 53 LIR | 8% hasta 5 UIT (S/ 27,500.00) |
| Segundo tramoArt. 53 LIR | 14% de 5 a 20 UIT |
| Tercer tramoArt. 53 LIR | 17% de 20 a 35 UIT |
| Cuarto tramoArt. 53 LIR | 20% de 35 a 45 UIT |
| Quinto tramoArt. 53 LIR | 30% sobre el exceso de 45 UIT |
| Conceptos inafectosArt. 18 LIR | CTS e indemnizaciones laborales |
Con la UIT en S/ 5,500.00, quien gana hasta unos S/ 2,750 al mes no paga renta de quinta, porque sus 14 remuneraciones anuales (12 sueldos y 2 gratificaciones) no superan las 7 UIT.
Renta de quinta categoría: un caso resuelto paso a paso
Un trabajador con sueldo de S/ 5,000 mensuales, sin asignación familiar, con las dos gratificaciones de ley.
| 12 remuneraciones | S/ 60,000.00 |
| 2 gratificaciones | S/ 10,000.00 |
| Bonificación extraordinaria (9%) | S/ 900.00 |
| Renta bruta anual proyectada | S/ 70,900.00 |
| Deducción de 7 UIT | − S/ 38,500.00 |
| Renta neta imponible | S/ 32,400.00 |
| Primeras 5 UIT al 8% (S/ 27,500) | S/ 2,200.00 |
| Exceso al 14% (S/ 4,900) | S/ 686.00 |
| Impuesto anual | S/ 2,886.00 |
Con sueldo constante, la retención mensual es de S/ 240.50 (el impuesto anual repartido en 12). La escala es acumulativa: no se paga el 14% sobre todo, solo sobre los S/ 4,900 que exceden las 5 UIT. Confundir esto lleva a sobreestimar el impuesto en más del doble.
Renta de quinta categoría: los errores que más se repiten
Aplicar la tasa del tramo a todo el ingreso
La escala es acumulativa. Si tu renta imponible cae en el tramo del 14%, solo pagas ese porcentaje sobre la parte que excede las 5 UIT, no sobre el total.
Olvidar las gratificaciones en la proyección
La renta bruta anual incluye 12 sueldos más las 2 gratificaciones y su bonificación extraordinaria. Calcular solo sobre 12 sueldos subestima el impuesto.
No reclamar las 3 UIT adicionales
Más allá de las 7 UIT puedes deducir hasta 3 UIT por gastos sustentados con comprobantes electrónicos. Tu empleador no las aplica en la retención mensual: se recuperan en la declaración anual.
Qué es la renta de quinta categoría
Es el Impuesto a la Renta que grava los ingresos del trabajo en relación de dependencia: sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones y, en general, toda retribución por servicios personales prestados bajo subordinación.
Deducción de 7 UIT
Antes de aplicar el impuesto, la ley permite deducir 7 UIT de tu renta bruta anual. En 2026, con una UIT de S/ 5,500.00, esa deducción equivale a S/ 38,500.00. Si tu proyección anual no supera ese monto, no te retienen nada.
Deducción adicional de 3 UIT
Además de las 7 UIT, puedes deducir hasta 3 UIT adicionales por gastos sustentados con comprobantes electrónicos: arrendamiento de inmuebles, servicios de médicos y odontólogos, servicios profesionales de cuarta categoría, aportes a EsSalud de trabajadores del hogar, y consumo en hoteles y restaurantes, entre otros, cada uno con su propio porcentaje deducible. Esta deducción no la aplica tu empleador en la retención mensual: se regulariza en la declaración anual y suele generar una devolución.
Método de retención mensual
- Se proyecta tu remuneración de todo el año (incluyendo gratificaciones y lo ya percibido).
- Se resta la deducción de 7 UIT.
- Se aplica la escala progresiva acumulativa para obtener el impuesto anual.
- Se divide entre el divisor del mes: 12 (enero-marzo), 9 (abril), 8 (mayo-julio), 5 (agosto), 4 (setiembre-noviembre) y en diciembre se regulariza el saldo.
Renta de quinta categoría: preguntas frecuentes
¿Las gratificaciones pagan renta de quinta?
Sí. Las gratificaciones de julio y diciembre y la bonificación extraordinaria del 9% forman parte de la renta bruta anual proyectada. Lo que no pagan son los aportes a AFP u ONP.
¿La CTS paga impuesto?
No. La CTS es un beneficio social inafecto al Impuesto a la Renta y tampoco está afecta a aportes previsionales ni a EsSalud.
¿Puedo pedir la devolución de lo retenido en exceso?
Sí. Si te retuvieron de más (por ejemplo, porque dejaste de trabajar a mitad de año o porque tienes gastos deducibles de las 3 UIT), puedes solicitar la devolución a SUNAT presentando tu declaración anual de renta de persona natural.
¿Qué pasa si tengo dos empleadores?
Debes informar a ambos y el que te pague la mayor remuneración acumula todos los ingresos para calcular la retención. Al otro le presentas una copia del formulario correspondiente.
¿Cómo recupero lo que me retuvieron de más?
Presentando tu declaración jurada anual de persona natural y solicitando la devolución del saldo a favor. SUNAT también aplica devoluciones de oficio en algunos casos.
¿Qué gastos puedo deducir además de las 7 UIT?
Hasta 3 UIT adicionales por gastos sustentados con comprobantes electrónicos: arrendamiento de inmuebles, servicios de médicos y odontólogos, servicios profesionales de cuarta categoría, aportes a EsSalud de trabajadores del hogar, y consumo en hoteles y restaurantes, cada uno con su propio porcentaje deducible.
¿Qué hago si tengo dos empleadores?
Debes informar a ambos. El que te paga la mayor remuneración acumula todos tus ingresos para calcular la retención, y al otro le presentas una copia del formulario correspondiente.
¿La CTS paga renta de quinta?
No. La CTS es un beneficio social inafecto al Impuesto a la Renta. Las gratificaciones y su bonificación extraordinaria sí están afectas.
¿Desde qué sueldo se paga renta de quinta?
Con la UIT vigente, se empieza a pagar cuando la remuneración anual supera las 7 UIT. Considerando 14 remuneraciones al año, eso equivale aproximadamente a un sueldo mensual de S/ 2,750.
¿Puedo reducir mi retención declarando gastos?
Sí. Las 3 UIT de gastos deducibles por alquileres, servicios médicos, honorarios profesionales y restaurantes reducen la base imponible. Se aplican principalmente en la regularización anual, aunque puedes informar algunos a tu empleador.
¿Qué pasa si tuve dos empleadores en el año?
Debes informar al segundo las remuneraciones y retenciones del primero para que la retención se calcule sobre el total. Si no lo haces, casi con seguridad te faltará impuesto y tendrás que regularizar en la declaración anual.
Renta de quinta categoría: normas aplicables
Ley del Impuesto a la Renta
Artículo 34Define qué ingresos constituyen renta de quinta categoría.
Ley del Impuesto a la Renta
Artículo 46Deducción fija de 7 UIT y deducción adicional de hasta 3 UIT por gastos.
Ley del Impuesto a la Renta
Artículo 53Escala progresiva acumulativa del 8%, 14%, 17%, 20% y 30%.
Decreto Supremo 122-94-EF
Artículo 40 del ReglamentoMétodo de proyección con el que el empleador calcula la retención mensual.
Ley del Impuesto a la Renta
Artículo 18Conceptos inafectos como la CTS y las indemnizaciones laborales.
Las normas se citan con fines informativos y en su versión vigente a la fecha de actualización de esta página. Ante una situación concreta conviene revisar el texto oficial en el diario El Peruano o consultar con un profesional.
Renta de quinta categoría: fuentes y revisión
- Responsable del contenido
- TSDFACT SAC, Lima, Perú · quiénes somos
- Última revisión
- · parámetros vigentes 2026
- Fuentes consultadas
- SUNAT, MEF, SBS y SUNAFIL · ver la metodología completa
- Cómo se calcula
- Motor propio verificado con 90 pruebas automáticas, sin intervención de IA en las cifras (cómo trabajamos). El cálculo corre en tu navegador: los datos que ingresas no se envían a ningún servidor.
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