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Calculadora de Descuentos por Tardanzas y Faltas

Averigua cuánto te pueden descontar legalmente por llegar tarde, faltar o pedir permiso sin goce de haber, y cómo eso afecta tu gratificación, tu CTS y tus vacaciones.

Datos del mes

Suma de todos los minutos que llegaste tarde
Días completos que no asististe sin justificación
Salidas autorizadas pero no remuneradas
Solo se descuenta lo que excede la tolerancia
Total que te pueden descontar
S/ 0.00
Valor del minutoS/ 0.00
Valor de la horaS/ 0.00
Valor del díaS/ 0.00
Te quedaS/ 0.00

Detalle del descuento

Impacto en tus beneficios sociales

Proyección si esto se repite todo el año

Qué te pueden descontar y qué no

El empleador sí puede descontar el tiempo no laborado, porque la remuneración es la contraprestación por el trabajo efectivamente prestado. Lo que no puede es aplicar multas o descuentos superiores al tiempo perdido: las sanciones pecuniarias están prohibidas.

Fórmula del descuento

Valor minuto = ((Remuneración mensual ÷ 30) ÷ horas de jornada) ÷ 60

Si llegas 15 minutos tarde, te pueden descontar exactamente esos 15 minutos. Descontarte media hora, un día completo o una "multa" por la tardanza es ilegal.

La diferencia clave: tardanza vs falta

  • Tardanza: solo se descuenta el tiempo no laborado. El día sigue contando como día laborado para tu récord, así que no reduce tu gratificación, CTS ni vacaciones.
  • Falta injustificada: se descuenta el día completo y además ese día no computa para los beneficios sociales, restando treintavos de la gratificación, la CTS y las vacaciones.

Sanciones disciplinarias

Las tardanzas y faltas reiteradas sí pueden dar lugar a sanciones disciplinarias graduales: amonestación verbal, amonestación escrita, suspensión sin goce de haber y, en casos de reincidencia acreditada, despido por falta grave. Pero la sanción debe ser proporcional y seguir el procedimiento del reglamento interno de trabajo.

Tolerancia de ingreso

La tolerancia no está regulada por ley: es una facultad del empleador que suele constar en el reglamento interno. Si tu empresa la otorga, se convierte en una condición de trabajo y no puede retirarse de forma unilateral y arbitraria.

Descanso semanal remunerado

En los trabajadores con remuneración mensual el descanso semanal ya está incluido en el sueldo. En los trabajadores con remuneración diaria (jornaleros), las inasistencias sí pueden reducir proporcionalmente el pago del día de descanso semanal.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden descontar una hora por llegar 10 minutos tarde?

No. El descuento debe ser estrictamente proporcional al tiempo no laborado. Descontar más que eso es una sanción pecuniaria prohibida y puede denunciarse ante SUNAFIL.

¿Me pueden descontar y además sancionar por la misma tardanza?

Sí, y no constituye doble sanción: el descuento no es un castigo sino la falta de pago por el tiempo no trabajado, mientras que la amonestación o suspensión sí es la sanción disciplinaria.

¿La falta justificada con descanso médico se descuenta?

No se descuenta como falta: los primeros 20 días de incapacidad los paga el empleador y a partir del día 21 corresponde el subsidio de EsSalud. Sí debes presentar el certificado médico dentro del plazo que fije tu empresa.

¿Cuántas faltas se necesitan para un despido?

Es falta grave el abandono de trabajo por más de tres días consecutivos, o las ausencias injustificadas por más de cinco días en un periodo de treinta días calendario, o más de quince días en ciento ochenta días calendario. También la impuntualidad reiterada si ha sido sancionada previamente de forma gradual.