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Calculadora de Renta Anual de Persona Natural 2026

Suma tus rentas de cuarta y quinta categoría, aplica las 7 UIT y hasta 3 UIT de gastos deducibles, y descubre si te toca pagar un saldo o pedir devolución a la SUNAT.

Tus rentas del ejercicio

Sueldos, gratificaciones y bonos gravados
Recibos por honorarios, monto bruto
Suma de la quinta y del 8% de tus honorarios
Pagos directos que hayas realizado

Gastos deducibles adicionales

Solo cuentan si están sustentados con comprobante electrónico y se pagaron con medio de pago bancario cuando corresponde. El tope conjunto es de 3 UIT (S/ 16,500.00).

Deduce el 30% de lo gastado
Deduce el 30% de lo gastado
Deduce el 30% de lo gastado
Deduce el 100% de lo gastado
Deduce el 15% de lo gastado
Saldo por regularizar
S/ 0.00
Renta neta totalS/ 0.00
Gastos aceptadosS/ 0.00
Renta imponibleS/ 0.00
Impuesto del ejercicioS/ 0.00

Determinación del impuesto

Impuesto por tramos

Gastos deducibles aplicados

Datos y topes que usa este cálculo

ConceptoValor vigente
UIT 2026DS 301-2025-EFS/ 5,500.00
Deducción fija de rentas de trabajoArt. 46 LIR7 UIT = S/ 38,500.00
Tope de gastos deducibles adicionalesArt. 46 LIR3 UIT = S/ 16,500.00
Alquiler de inmueblesArt. 46 LIRdeduce el 30% de lo pagado
Servicios médicos y odontológicosArt. 46 LIRdeduce el 30%
Servicios profesionales de cuarta categoríaArt. 46 LIRdeduce el 30%
Hoteles y restaurantesArt. 46 LIRdeduce el 15%
EsSalud de trabajadores del hogarArt. 46 LIRdeduce el 100%
Deducción presunta de cuarta categoríaArt. 45 LIR20% con tope de 24 UIT

Todos los gastos deducibles exigen comprobante de pago electrónico emitido a tu nombre y, cuando el monto lo requiere, pago mediante medio bancario. Sin ese sustento la SUNAT desconoce la deducción aunque el gasto sea real.

Ejemplo resuelto paso a paso

Un profesional con S/ 60,000 de quinta categoría y S/ 20,000 en recibos por honorarios, con S/ 3,000 retenidos durante el año y gastos deducibles de S/ 12,000 en alquiler, S/ 4,000 en consultas médicas y S/ 6,000 en restaurantes.

Renta bruta de cuarta categoríaS/ 20,000.00
Deducción del 20% (presunta)S/ 4,000.00
Renta neta de trabajo (4ta + 5ta)S/ 76,000.00
Deducción de 7 UITS/ 38,500.00
Gastos deducibles aceptados (30% + 30% + 15%)S/ 5,700.00
Renta imponibleS/ 31,800.00
Impuesto del ejercicio (8% y 14%)S/ 2,802.00
Retenciones del añoS/ 3,000.00
Saldo a favor del contribuyenteS/ 198.00

Los S/ 22,000 gastados en alquiler, salud y restaurantes solo aportaron S/ 5,700 de deducción, porque cada categoría deduce un porcentaje distinto: 30% el alquiler, 30% los servicios médicos y apenas 15% los restaurantes. Aun así, esa deducción convirtió un saldo por pagar en S/ 198 a favor, importe que puede solicitarse en devolución al presentar la declaración anual.

Errores frecuentes al hacer este cálculo

1

Pensar que las retenciones ya cerraron el impuesto

Las retenciones son anticipos. El impuesto verdadero se determina al sumar todas tus rentas de trabajo del año, y allí puede aparecer un saldo por pagar o a favor.

2

Sumar el total gastado como si fuera deducible

Cada categoría deduce solo un porcentaje: 30% alquileres, 30% servicios médicos y profesionales, 15% restaurantes y hoteles. Y el conjunto tiene un tope de 3 UIT.

3

No declarar teniendo saldo a favor

Si te retuvieron de más y no presentas la declaración, ese dinero simplemente no vuelve. Declarar es el único camino para pedir la devolución o compensarlo.

Cómo funciona la declaración anual de renta

Durante el año te retienen impuesto mes a mes, pero esas retenciones son solo anticipos. Al cerrar el ejercicio se suman todas tus rentas de trabajo, se aplican las deducciones y recién ahí se conoce el impuesto verdadero. La diferencia entre ese impuesto y lo ya retenido es lo que pagas o lo que te devuelven.

Las 7 UIT que nadie paga

De la renta neta de trabajo se descuentan 7 UIT antes de aplicar cualquier tasa. Con la UIT en S/ 5,500, eso significa que los primeros S/ 38,500 del año no pagan Impuesto a la Renta.

Las 3 UIT adicionales

Además existe una deducción extra de hasta 3 UIT por gastos en alquileres, servicios médicos y odontológicos, honorarios profesionales, restaurantes y hoteles, y aportes a EsSalud de trabajadores del hogar. Cada categoría deduce solo un porcentaje de lo gastado, no el total, y todo debe estar sustentado con comprobante electrónico.

La cuarta categoría deduce 20%

Si emites recibos por honorarios, del monto bruto se descuenta automáticamente un 20% por gastos presuntos, con tope de 24 UIT. Ese descuento no requiere sustento alguno: es una presunción de la ley.

Cuándo sale saldo a favor

Es habitual que el trabajador independiente termine con saldo a favor, porque el 8% que le retienen en cada recibo suele superar el impuesto real una vez aplicadas las 7 UIT. En ese caso puedes solicitar la devolución o compensarlo contra futuras deudas.

Quiénes están obligados a declarar

La SUNAT publica cada año una resolución con los supuestos de obligación: tener saldo por regularizar, arrastrar pérdidas, o superar determinados montos de renta. Quien solo percibió quinta categoría de un único empleador normalmente no está obligado, aunque puede declarar voluntariamente si quiere recuperar un exceso retenido.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar si solo tuve un empleador?

Por lo general no, porque tu empleador ya practicó la retención mensual. Sí conviene declarar si tuviste gastos deducibles adicionales que no informaste, ya que podrían generarte saldo a favor.

¿Cómo pido la devolución de mi saldo a favor?

En el propio formulario de la declaración anual marcas la opción de devolución. La SUNAT suele depositar el importe en la cuenta bancaria que registres o emitir una orden de pago.

¿Los gastos deducibles necesitan factura?

Necesitan comprobante electrónico emitido a tu nombre y, cuando el monto lo exige, pago mediante medio bancario. Los recibos por honorarios deben estar electrónicamente emitidos y pagados.

¿Se suman las rentas de cuarta y quinta?

Sí. Ambas forman la renta neta de trabajo, y sobre esa suma se aplican las 7 UIT y la escala progresiva. Por eso quien tiene planilla y honorarios a la vez suele terminar pagando un saldo.

¿Qué pasa si no declaro estando obligado?

Se genera una infracción por no presentar la declaración dentro del plazo, con multa y con los intereses que corran sobre el tributo omitido hasta su pago.

¿Cuándo se presenta la declaración anual?

Entre marzo y abril del año siguiente al ejercicio, según un cronograma que la SUNAT publica cada año en función del último dígito del RUC. La propia SUNAT ofrece un formulario con información precargada.

¿Los recibos por honorarios con retención del 8% se declaran igual?

Sí. El 8% es un anticipo, no un impuesto definitivo. Al regularizar puede resultar que pagaste de más, sobre todo si tus rentas anuales no superan las 7 UIT.

¿Los gastos de mis padres o hijos cuentan?

Los gastos médicos y odontológicos pueden incluir a cónyuge o conviviente y a hijos menores de edad o con discapacidad, con las condiciones que fija la norma. Los demás gastos deben estar a nombre del contribuyente.

¿Qué pasa si tuve dos empleadores en el año?

Debes informar al segundo empleador las rentas y retenciones del primero para que la retención se calcule sobre el total. Si no lo hiciste, es muy probable que te falte impuesto y aparezca un saldo por regularizar.

¿Las gratificaciones y la CTS se incluyen?

Las gratificaciones sí, porque son renta de quinta categoría gravada. La CTS no: es un beneficio social inafecto al Impuesto a la Renta, igual que la bonificación extraordinaria del 9% de la Ley 30334.

¿Puedo declarar aunque no esté obligado?

Sí, y conviene hacerlo si crees que te retuvieron de más. La declaración voluntaria es el camino para solicitar la devolución del saldo a favor.

¿Cuánto demora la devolución del saldo a favor?

La SUNAT tiene un plazo para pronunciarse y suele depositar en la cuenta que registres. Mantener actualizado tu CCI en SUNAT Operaciones en Línea acelera bastante el trámite.